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Los trabajadores esenciales obtienen protección frente a las demandas por coronavirus

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El gobernador Newsom firmó una orden ejecutiva para proteger a los trabajadores esenciales durante las órdenes de cierre del estado por Coronavirus (COVID-19). Con carácter retroactivo a la fecha de emisión de la orden: 19 de marzo de 2020, hasta el 5 de julio de 2020- se presumirá que los trabajadores esenciales que contraigan el COVID-19 han contraído el virus en el trabajo, lo que les dará derecho a las prestaciones de indemnización por accidente laboral. La orden también reduce de 90 a 30 días el plazo en que una compañía de seguros debe aceptar o denegar estas reclamaciones por COVID-19. Como ocurre con todas las reclamaciones por lesión o enfermedad, el trabajador debe demostrar que la lesión o enfermedad fue causada en el trabajo o por el trabajo. La orden ejecutiva crea una presunción refutable de que un trabajador esencial que contrae la enfermedad durante el periodo de tiempo pertinente, la contrajo en el trabajo y agiliza el plazo de entrega de las prestaciones. Aunque el empresario seguiría teniendo la oportunidad de refutar esta presunción, por ejemplo con pruebas de que el trabajador contrajo el virus por otros medios o en otro momento o lugar, la presunción será increíblemente importante y útil para los trabajadores y sus familias. Estos trabajadores pueden tener derecho a tratamiento médico gratuito, prestaciones por incapacidad temporal de hasta dos años, incapacidad permanente por cualquier impedimento o afección permanente causada por el virus, prestaciones de re-adaptación profesional y, si el virus causa o contribuye a la muerte del trabajador, prestaciones por gastos funerarios y entre 120.000 y 250.000 dólares o más en prestaciones para supervivientes. Si tú o un ser querido habéis contraído o creéis haber contraído COVID-19 en el trabajo, ponte en contacto con Espinoza Law Group en el 213-667-0701 o en www.espinozalawgroup.com para una consulta gratuita y sin compromiso sobre tus derechos.

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